
Sin duda alguna, el sector de la construcción es uno de los motores de la economía colombiana, ya que existen más de 27 mini-sectores satélites que dependen del sector construcción y se benefician o perjudican con los altibajos del sector.
Debido a la situación de salud pública que vivimos actualmente, el país ha entrado en una cuarentena preventiva obligatoria, parando todas las actividades económicas, incluyendo al sector de la construcción.
El DECRETO NÚMERO · 531 DE 2020 emitido el 8 de abril de 2020, en su artículo 1 dice:
Ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de República de Colombia, a partir cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavírus COVID-19.
Esta medida es una continuación del aislamiento preventivo obligatorio en el que ya se encontraba la población colombiana, sin embargo, en este nuevo decreto hay algunas exenciones par ciertos sectores de la economía:
¿Y como se ve afectado el sector de la construcción?
Artículo 3: se exime del aislamiento y permitirán el derecho de circulación de las personas en los siguientes casos o actividades:
Actividades exclusivas que afectan a sector construcción:
- 13. Las actividades de los servidores públicos y contratistas del Estado que sean estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, y garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables del Estado.
- 16. Las actividades de los puertos de servicio público y privado, exclusivamente para el transporte de carga.
- 17. Las actividades de dragado marítimo y fluvial.
- 18. La ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como la cadena de suministros de materiales e insumos relacionados con la ejecución de las mismas.
- 19. La revisión y atención de emergencias y afectaciones viales, y las obras de infraestructura que no pueden suspenderse.
- 20. La intervención de obras civiles y de construcción, las cuales, por su estado de avance de obra o de sus características, presenten riesgos de estabilidad técnica, amenaza de colapso o requieran acciones de reforzamiento estructural.
- 21. La construcción de infraestructura de salud estrictamente necesaria para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria par causa del Coronavirus COVID-19.
- 25. El funcionamiento de la infraestructura crítica -computadores, sistemas computacionales, redes de comunicaciones, datos e información cuya destrucción o interferencia puede debilitar o impactar en la seguridad de la economía, salud pública o la combinación de ellas.
- 28. Las actividades necesarias para garantizar la operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de la prestación de:
- (i) servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, aseo (recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final, reciclaje, incluyendo los residuos biológicos o sanitarios)
- (ii) de la cadena logística de insumos, suministros para la producción, el abastecimiento, importación, exportación y suministro de hidrocarburos, combustibles líquidos, biocombustibles, gas natural, gas licuado de petróleo -GLP-
- (iii) de la cadena logística de insumos, suministros para la producción, el abastecimiento, importación, exportación y suministro de minerales
- (iv) el servicio de Internet y telefonía.
Puedes visualizar y descargar el decreto 531 de 2020 haciendo clic aquí
Así que los profesionales del sector de la construcción que se vean incluidos en alguna de las actividades anteriormente mencionadas, retomarán sus actividades.
Los Ministerios de Salud y Protección social, Trabajo y Transporte han creado la CIRCULAR CONJUNTA No. 0000003 del 8 de abril de 2020 para: Personal que se encuentre ejecutando proyectos de infraestructura de transporte e interventores, durante la emergencia sanitaria.
En esta circula se dictan las: Medidas preventivas y de mitigación para reducir la exposición y contagio por infección respiratoria aguda causada por el coronavirus COVID-19.
Puedes visualizar y descargar la CIRCULAR CONJUNTA No. 0000003 del 8 de abril de 2020, haciendo clic aquí,
Todas las personas/empresas que deban retomar actividades deberán cumplir con los protocolos el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la Coronavírus COVID – 19.
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Del autor

Gustavo Martínez Albornoz.
Ingeniero civil UDENAR – Especialista Gerencia de Construcciones U de Medellín.
Dos cosas en la vida me apasionan y me llenan de felicidad absoluta, los deportes extremos y la Ingeniería civil. Por medio de la creación y publicación de artículos he encontrado la manera perfecta de, día a día tener la posibilidad de ampliar mi conocimiento y al mismo tiempo poder aportar un granito de arena y compartir lo poco que sé y conozco. Los invito a no conformarnos con lo que ya sabemos, consultemos, leamos, investiguemos. «Seamos más, para poder servir mejor». Éstas son mis redes sociales para los que quieran saber un poco más de mi: Facebook – Instagram – Linkedin
Lo q van a pasar esq nos expongan al contagio mas rápido por q nos sacarán de casa y en este momento el virus está expandiéndose mas y quien nos responde
Totalmente de acuerdo, no veo cláusulas de responsabilidades en caso de alguna emergencia o siniestro. Esto sería obligarnos de alguna manera.
Es cierto, estamos más expuestos al salir de casa. Las personas que van a salir de casa a retomar actividades deben seguir muy estrictamente las recomendaciones de las entidades de salud. Gracias por comentar.
Hola tengo una pequeña empresa de construcción y me gusta aprender día a día ya que no tengo ningún título profesional
Dilson muy buenas tardes, en Ingeniería y Construcción Colombia somos expertos en asesorar empresas del sector construcción, para que tengan una correcta organización desde sus inicios y puedan alcanzar sus objetivos. Contáctanos al 3226650795 y con gusto te brindaremos la ayuda que necesitas. Gracias por comentar.
buenos noches soy ingeniero civil busco empleo para cualquier parte del país y cualquier vacante a postularme gracias
Jesus qué tal, gracias por comentar, en esta página web contamos con una bolsa de empleo a la cual puedes acceder sin costo. Puedes hacerlo a través del siguiente link:
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Buenos tardes después de estar sanos en casa ahora bamos ha estar expuestos todo no puede ser dinero prima la vida primero
Buenos días si no acemos obra que facturamos para el sustento de nuestros empleados y nuestras familias
Buenos días
Si no hacemos obra para facturar que cobramos para el sustento de nuestros empleados y nuestras familias
Yo por mi parte seguiré en mi casa mi dios no nos desampara
Claro que si, esa es la idea, que las personas que puedan realizar trabajo en casa, se queden en sus hogares. Gracias pro comentar, saludos.
Muchas gracias por la Informacion
Con muchísimo gusto.